Micelio
Auto21 de febrero de 1997

A- de 1997

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Hernandez Mina Jose Nilo·Demandado Jefatura De Recursos Humanos Del Municipio De Palmita

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se pone en conocimiento del demandado, la nulidad saneable derivada del hecho de no haber sido notificado del auto que admitió la tutela, para este efecto se comisionó al Juzgado competente, a quien advirtieron que en caso de no demostrar la debida notificación del fallo de tutela al actor, para lo que se le otorgará un término de cinco días, posteriores a la notificación de esta providencia, se declarará la nulidad insaneable de lo actuado a partir del fallo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. PONER EN CONOCIMIENTO del demandado, la nulidad saneable derivada del hecho de no haber sido notificado del auto que admitió la tutela, para que, si a bien lo tiene, la alegue dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de este auto, advirtiéndole que si no lo hace, quedará saneada y el proceso continuará su curso. Para este efecto, COMISIONASE al Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Palmira.
  3. Segundo. ADVIERTASE al Juzgado
  4. Segundo. Laboral del Circuito de Palmira, que en caso de no demostrar la debida notificación del fallo de tutela al actor, para lo que se le otorgará un término de cinco (5) días, posteriores a la notificación de esta providencia, se declarará la nulidad insaneable de lo actuado a partir del fallo.
  5. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.